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¿En qué casos
le podemos ayudar?

Seis situaciones que cubren casi todo lo que le pueden quedar debiendo, sea usted de obra, de casa de familia, de un puesto de vigilancia o de cualquier otro oficio. La revisión es gratis y no paga nada por adelantado.

Elija su caso

Seis situaciones.

Caso 01

No le liquidaron, o le liquidaron mal

Cesantías, intereses, prima, vacaciones o liquidación final que nunca se hizo o se hizo incompleta. Es el caso más frecuente, y casi siempre vale más de lo que la persona creía.

Prescripción: 3 años · Art. 488 CST Calcular lo que me deben →
Caso 02

Lo despidieron sin justa causa

Además de la liquidación hay indemnización, y su cuantía depende del tipo de contrato y del tiempo que llevaba. Si el contrato era de palabra, la ley lo presume a término indefinido.

Indemnización · Art. 64 CST Calcular la indemnización →
Caso 03

No le pagan las horas extras ni los recargos

La jornada bajó a 42 horas, el recargo nocturno empieza a las 7 de la noche y el dominical va en el 90%. Tres cambios recientes que muchos empleadores todavía no liquidan bien.

Ley 2101 de 2021 · Ley 2466 de 2025 Ver la tabla 2026 →
Caso 04

Trabajo doméstico y pago por días

Trabajar por días, en varias casas o sin contrato escrito no le quita ni un peso. Desde 2016 el servicio doméstico también tiene prima, y el auxilio de transporte se paga en proporción.

Ley 1788 de 2016 Calcular por días →
Caso 05

Vigilancia y seguridad privada

En el turno de 12 horas la jornada ordinaria sigue siendo de 8: las otras cuatro son extras y deben pagarse con recargo. Es lo que más se pierde en este oficio.

Ley 1920 de 2018 Calcular turnos →
Caso 06

Obras y servicios contratados por el Estado

Si el trabajo lo pagaba una alcaldía, un hospital o una gobernación, existe un contrato público con garantías y, según el caso, otro responsable además de su empleador.

Contratación estatal · Ley 80 de 1993 Ver este caso →

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