Horas extras
y recargos 2026.
La jornada bajó a 42 horas, el recargo nocturno empieza ahora a las 7 de la noche y el dominical va en el 90%. Tres cambios recientes que casi nadie tiene bien liquidados. Aquí está la tabla, y la calculadora que la aplica.
¿Cuánto le tienen que pagar por una hora extra en 2026?
Si usted gana el salario mínimo ($1.750.905 al mes), cada hora que trabaja después de cumplir su turno vale $10.422 si es de día y $14.591 si es de noche, o sea desde las 7 p. m. Eso se paga aparte del sueldo.
Así se ve en la práctica, con el salario mínimo:
- Se quedó dos horas más un martes, hasta las 6 de la tarde. Le deben 2 × $10.422 = $20.844.
- Se quedó dos horas más, de 7 a 9 de la noche. Le deben 2 × $14.591 = $29.182.
- Su turno normal es de noche, aunque no se pase de la jornada. Cada hora después de las 7 p. m. lleva $2.918 de más. En una noche de 8 horas son $23.345 por encima del sueldo.
- Trabajó un domingo o un festivo. Cada hora lleva $7.504 de más. Un domingo de 8 horas le suma $60.031.
¿Gana más del mínimo? Todos esos valores suben en la misma proporción. Escriba su sueldo en la calculadora de abajo y le saca sus propias cifras.
¿Cómo se paga un día festivo trabajado en 2026?
Cada hora que trabaje en el festivo vale un 90% más que una hora normal. Con el salario mínimo son $7.504 de más por hora: un festivo de 8 horas le suma $60.031. Ese 90% rige desde el 1 de julio de 2026; antes era el 80%, y en julio de 2027 pasa al 100% (artículo 14 de la Ley 2466 de 2025). Si trabaja tres o más domingos en el mes, también le deben un día de descanso pagado.
Dos preguntas y le sale el estimado. La jornada —cuántas horas al día y cuántos días a la semana— es la primera pregunta del afinado, y es la que más mueve la cifra. Lo que escriba se queda en su teléfono: nosotros no lo vemos.
Estimado por ahora
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Lo que un juez PUEDE añadir además $0
Estimado con lo que usted lleva contestado. No es una liquidación oficial ni una promesa de pago. Las sanciones no son automáticas: la Corte Suprema exige que el juez encuentre mala fe del empleador, y puede reconocerlas por menos tiempo del que aquí se cuenta.
Llenar el formulario completo de una vez
¿Su caso es de estos?
Cuánto vale cada hora,
según cuándo la trabajó.
Todos los recargos se calculan sobre el valor de la hora ordinaria, que sale de dividir el salario mensual entre el divisor de la jornada vigente. Con la jornada de 42 horas semanales, ese divisor es 210.
Hora extra diurna
Hora ordinaria × 1,25
La que se trabaja después de completar la jornada, dentro de la franja diurna (de 6:00 a. m. a 7:00 p. m.). Recargo del 25%.
Art. 168 del CST
Hora extra nocturna
Hora ordinaria × 1,75
La que se trabaja después de la jornada y dentro de la franja nocturna. Recargo del 75%.
Art. 168 del CST
Recargo nocturno
Hora ordinaria × 1,35
No es hora extra: es la hora ordinaria trabajada de noche. Desde el 25 de diciembre de 2025 la franja empieza a las 7:00 p. m. y no a las 9:00. El porcentaje no cambió; lo que cambió es cuántas horas caen dentro.
Art. 10 de la Ley 2466 de 2025
Dominical y festivo
Hora ordinaria × 1,90
Desde el 1 de julio de 2026 el recargo es del 90%, y sube al 100% en julio de 2027. Es adicional al pago del día. Con tres o más domingos trabajados hay además descanso compensatorio remunerado.
Art. 14 de la Ley 2466 de 2025
Jornada máxima
42 horas a la semana
La reducción de la Ley 2101 de 2021 fue por etapas: 48 horas hasta julio de 2023, luego 47, 46 y 44, y desde el 15 de julio de 2026 son 42. Cada etapa cambia el valor de la hora ordinaria, así que un cálculo que abarque varios años tiene que usar la que estaba vigente en cada momento.
Ley 2101 de 2021
Tope de horas extras
2 al día y 12 a la semana
Ese es el límite general. El sector de vigilancia y seguridad privada tiene un régimen propio que permite hasta 4 horas suplementarias diarias con acuerdo escrito. Que el tope se haya superado no borra el derecho a que se las paguen: las horas trabajadas de más se pagan igual, y el exceso es una infracción del empleador.
Art. 22 de la Ley 50 de 1990 · Ley 1920 de 2018
Cómo estima esta calculadora las extras: toma las horas que usted trabajaba al día por los días de la semana, le resta la jornada legal vigente y cuenta todo el exceso como hora extra diurna, que es la que menos paga. Es deliberado: si usted trabajaba de noche, en domingo o en festivo, lo que le deben es más que lo que sale aquí, nunca menos. Los domingos y festivos se cuentan aparte, en su propia casilla.
Lo que la gente pregunta.
¿Cuánto vale una hora extra en Colombia en 2026?
Con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905), una hora extra de día vale $10.422 y una de noche, desde las 7 p. m., vale $14.591. Si se quedó dos horas más hasta las 6 de la tarde, le deben $20.844 aparte del sueldo; si fueron de 7 a 9 de la noche, $29.182.
¿Cómo se paga un día festivo trabajado en 2026?
Cada hora trabajada en festivo vale un 90% más que una hora normal desde el 1 de julio de 2026, por el artículo 14 de la Ley 2466 de 2025. Con el salario mínimo son $7.504 de más por hora: un festivo de 8 horas le suma $60.031. En julio de 2027 pasa al 100%.
¿Cuál es la jornada máxima legal hoy en Colombia?
Cuarenta y dos horas a la semana desde el 15 de julio de 2026. La Ley 2101 de 2021 la redujo por etapas desde las 48 horas originales: 47 desde julio de 2023, 46 desde julio de 2024, 44 desde julio de 2025 y 42 desde julio de 2026. Todo lo que pase de la jornada vigente es trabajo suplementario y se paga con recargo.
¿Desde qué hora empieza el recargo nocturno?
Desde las 7:00 de la noche, por el artículo 10 de la Ley 2466 de 2025, que corrió la franja dos horas: antes empezaba a las 9:00 p. m. El cambio rige desde el 25 de diciembre de 2025. El recargo sigue siendo del 35% de la hora ordinaria.
¿Cuánto se paga hoy por trabajar un domingo o un festivo?
Un recargo del 90% sobre la hora ordinaria, desde el 1 de julio de 2026. La Ley 2466 de 2025 lo subió por etapas: era del 75%, pasó al 80% en julio de 2025, al 90% en julio de 2026 y llegará al 100% en julio de 2027. El recargo es adicional al pago del día trabajado.
Trabajé más horas extras de las permitidas. ¿Las pierdo?
No. El tope de dos horas diarias y doce semanales es un límite que obliga al empleador, no una condición para que a usted le paguen. Las horas que trabajó de más se pagan igual, con su recargo; el exceso es una infracción del empleador ante el Ministerio del Trabajo, no un motivo para no pagarle.
No tengo cómo probar las horas extras. ¿Sirve de algo reclamar?
Sirve, y más de lo que la gente cree. No hace falta un registro oficial: valen los mensajes de WhatsApp donde le pedían quedarse, las fotos con hora, los registros de entrada del edificio, las planillas de turno, los correos y el testimonio de los compañeros que trabajaban con usted. Reúna todo lo que tenga antes de reclamar, aunque le parezca poco.
¿Es cierto que quitaron las horas extras en Colombia?
No, es un malentendido. Lo que cambió no fue el derecho sino la jornada ordinaria: la Ley 2101 de 2021 la bajó por etapas hasta 42 horas semanales, así que ahora hay más horas —no menos— que caen como trabajo suplementario y se pagan con recargo. Nadie quitó las horas extras; con la jornada más corta, empiezan a deberse desde antes.
¿Qué dice el artículo 172 del Código Sustantivo del Trabajo?
Es la norma que obliga a dar descanso dominical remunerado a todo trabajador, de mínimo 24 horas seguidas. Es la base legal de que el domingo se pague aparte cuando se trabaja; el porcentaje exacto que se paga hoy lo fija, actualizado, la Ley 2466 de 2025.
Quién responde por esta página: Julián A. Orozco Serna, abogado, T.P. 273856 del C.S. de la J. Última actualización: 2 de octubre de 2026.
Fuentes oficiales: Código Sustantivo del Trabajo · Ley 2101 de 2021 · Ley 2466 de 2025 · Ley 1920 de 2018.
Ya sabe cuánto.
Falta saber cómo.
Un número no cobra solo. Cuéntenos su caso y le decimos si es viable, qué pruebas necesita y por dónde se empieza.