Tu salario tu derecho WhatsApp
Obreros de construcción

Trabajó en la obra. No le pagaron.

Aunque haya sido de palabra y sin contrato firmado, usted puede reclamar lo que le deben.

Escribir por WhatsApp
  • Obra pública o privada
  • Revisión sin costo
  • Respuesta el mismo día hábil
Grupo de trabajadores frente a una construcción; en el centro, un obrero con casco amarillo.

¿Le pasó alguna de estas?

  • Le quedaron debiendo semanas o quincenas de trabajo.
  • Se acabó la obra y nadie le liquidó.
  • Trabajó sin contrato firmado, solo de palabra.
  • El contratista desapareció o dice que no hay plata.
Contarle mi caso a un abogado

Lo que puede reclamar

Salarios

Cada semana o quincena que trabajó y no le pagaron.

Prima, cesantías y vacaciones

Le corresponden aunque le pagaran por días.

Liquidación

Lo que le debían entregar cuando se acabó el trabajo.

Horas extras y dominicales

Si trabajaba de más o los domingos y no se lo pagaron aparte.

No necesita contrato escrito. Si trabajaba recibiendo órdenes y le pagaban por eso, la ley entiende que había contrato de trabajo (artículos 23 y 24 del Código Sustantivo del Trabajo).

Cómo funciona

  1. Nos escribe

    Por WhatsApp, con lo que tenga. No necesita papeles para empezar.

  2. Revisamos su caso

    Le decimos qué se puede reclamar, a quién y cuánto tiempo le queda.

  3. Se reclama

    Al contratista, y si la ley lo permite en su caso, también a quien contrató la obra.

Si la obra era pública, con el nombre de la obra o del contratista buscamos el contrato y vemos quién más tiene que responder. En algunos casos también responde quien contrató la obra: una alcaldía, un hospital o una constructora. Eso se revisa en cada caso (artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo).

Para escribirnos, tenga a mano

  • El nombre del contratista o de la obra, y dónde quedaba.
  • Desde cuándo y hasta cuándo trabajó.
  • Cuánto le pagaban y cada cuánto.
  • Fotos en la obra, chats, recibos, o compañeros que lo vieron trabajar.

No necesita tenerlo todo. Y si a sus compañeros tampoco les pagaron, pueden escribirnos juntos.

No lo deje pasarTiene tres años para reclamar, contados desde cada pago que le quedaron debiendo. Lo más viejo es lo primero que se pierde (artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo).

Julián A. Orozco SernaAbogado · Tarjeta Profesional N.º 273856 del Consejo Superior de la Judicatura. Atiende obreros de todo el país por WhatsApp, llamada o videollamada.

Escríbanos.
Le decimos qué tiene.

Cuéntenos en qué obra trabajó y qué le quedaron debiendo.

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¿Prefiere el correo? contacto@tusalariotuderecho.com

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