Servicio 02 · Obra suspendida
Obra suspendida.
Obra suspendida.
Sus derechos subsisten.
Cuando la obra fue paralizada o el contratista desapareció sin pagar, los mecanismos jurídicos de la contratación estatal siguen activos.
¿A quién aplica?
Si esta es su situación,
Si esta es su situación,
podemos ayudarle.
- La obra fue suspendida o paralizada y quedaron pagos pendientes
- El contratista desapareció o se declaró en insolvencia
- Le dijeron que «no hay dinero» pero la entidad estatal sigue activa
- La obra fue contratada por una entidad del Estado y aparece registrada en el SECOP
- Han pasado semanas o meses y nadie responde por los pagos
Respaldo normativo
La ley que lo respalda.
Contrato de trabajo realidad — CST
La sola prestación del servicio crea el vínculo laboral. Sin firma, sin papel: si trabajó, cuenta.
Responsabilidad solidaria — CST
El beneficiario de la obra puede responder por las deudas laborales del contratista.
Contratación pública · Ley 1150/07
Los contratos estatales exigen garantías. Amparan a la entidad que contrató, no al trabajador directamente: usted no le cobra a la aseguradora. Pero existen, constan en el expediente público y pesan cuando se reclama.
Sepa cuánto le deben
y hasta cuándo puede reclamar.
Sin dar su nombre primero. Sin compromiso. Cuatro preguntas. Evaluación gratuita y sin cobro adelantado.