Cuando el contratista de una obra pública quiebra, desaparece o simplemente no tiene dinero para pagar, muchos trabajadores creen que el dinero está perdido. No siempre es así. La póliza de cumplimiento puede ser un mecanismo para recuperar lo que se les debe.
¿Qué es la póliza de cumplimiento?
La póliza de cumplimiento es una garantía que todo contratista está obligado a constituir antes de ejecutar un contrato estatal. La ley 80 de 1993 y el Decreto 1082 de 2015 establecen que los contratos de obra pública deben estar respaldados por garantías que cubren distintos riesgos del contrato.
Esta póliza la expide una compañía aseguradora y ampara a la entidad estatal contra el incumplimiento del contratista. Pero en ciertas circunstancias, ese amparo puede extenderse a los trabajadores.
¿Qué amparos tiene una póliza de contrato de obra?
La póliza de cumplimiento en contratos de obra típicamente cubre:
| Amparo | Qué cubre |
|---|---|
| Cumplimiento | Incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales |
| Pago de salarios | En algunos contratos, el no pago de salarios a trabajadores vinculados |
| Prestaciones sociales | Obligaciones laborales del contratista frente a sus trabajadores |
| Calidad | Vicios de la obra construida |
| Estabilidad | Defectos de la obra que se manifiesten después de entregada |
Importante: No todas las pólizas tienen el mismo alcance. El amparo de salarios y prestaciones sociales no siempre está incluido o no siempre es suficiente para cubrir el total adeudado. Cada caso debe evaluarse individualmente.
¿Cómo saber si el contrato de la obra tenía póliza?
Todos los contratos estatales deben publicarse en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP). Para encontrar la información del contrato:
- Ingrese a secop.gov.co
- Busque por el nombre de la entidad contratante (alcaldía, gobernación, INVIAS)
- Filtre por contratos de obra
- Busque el contrato específico de la obra donde trabajó
- En los documentos del contrato encontrará la póliza o la referencia a ella
Si no sabe cómo buscar o el contrato no aparece fácilmente, un abogado especializado puede hacer esa búsqueda en su nombre.
¿Cuándo se puede activar la póliza por no pago a trabajadores?
Para que los trabajadores puedan reclamar a través de la póliza de cumplimiento, generalmente deben darse estas condiciones:
- El contratista incumplió su obligación de pagar salarios o prestaciones
- El contrato estaba en ejecución o se ejecutó bajo ese contrato
- La póliza tiene vigencia para el período en que ocurrió el incumplimiento
- La reclamación se presenta dentro del plazo establecido en la póliza
¿Qué pasa si el contratista ya quebró o desapareció?
Este es precisamente el escenario para el que existe la póliza. La quiebra del contratista no extingue las obligaciones amparadas por la póliza. La compañía aseguradora sigue siendo responsable de cubrir los amparos vigentes, independientemente del estado financiero del contratista.
Sin embargo, el proceso de reclamación a una aseguradora tiene sus propios requisitos formales y plazos. Por eso es importante actuar rápidamente y con asesoría.
¿Puede reclamar directamente a la entidad estatal?
Sí, en ciertos casos. El artículo 34 del CST establece la responsabilidad solidaria del beneficiario del trabajo. Si la entidad estatal se benefició de la obra ejecutada con trabajo no pagado, puede tener responsabilidad solidaria con el contratista.
Esto no significa que la entidad tenga que pagar automáticamente, pero sí que puede ser demandada junto con el contratista en un proceso laboral.
¿El contratista desapareció o la obra fue suspendida? Evalúe su caso ahora para saber qué mecanismos aplican.
Ver opciones para obra suspendida →¿Qué plazo tiene para actuar?
Existen dos plazos que debe considerar:
- Prescripción laboral (Art. 488 CST): 3 años para reclamar derechos laborales. Este plazo corre desde que el derecho se hizo exigible.
- Vigencia de la póliza: Cada póliza tiene un período de vigencia determinado. Una vez vencido, es muy difícil hacer efectiva la garantía. Este plazo puede ser más corto que el de prescripción laboral.
Por eso, cuando el contratista quiebra o desaparece, es especialmente urgente actuar rápido.
Consejo práctico: Si sabe el nombre de la empresa contratista o el nombre de la obra y el municipio, un abogado puede buscar el contrato en SECOP, identificar la aseguradora y verificar la vigencia de la póliza en pocas horas. No espere a tener toda la documentación para consultar.